sábado, 10 de noviembre de 2012



TITULO VALOR ELECTRONICO

TITULO VALOR ELECTRÓNICO: Son documentos necesarios para legitimar el ejercicio           del  derecho literal y autónomo que en ellos se incorporan.

EJEMPLO DE TITULO




FACTURA ELECTRÓNICA



Una FACTURA ELECTRÓNICA también llamada comprobante fiscal digital, e-factura o e factura, es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas tradicionales garantizando, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

La factura electrónica es, por tanto, la versión electrónica de las facturas tradicionales en soporte papel y debe ser funcional y legalmente equivalente a estas últimas. Por su propia naturaleza, las facturas electrónicas pueden almacenarse, gestionarse e intercambiarse por medios electrónicos o digitales.

Para que la factura electrónica tenga validez debe estar completada con la firma electrónica, que le da validez legal permitiendo eliminar la factura en papel.

Características




  • Integridad: Garantiza que la información contenida queda protegida y no puede ser manipulada o modificada.

  • Autenticidad: Permite verificar la identidad del emisor y el receptor del comprobante.

  • Verifica-ble: La persona que emita un comprobante fiscal digital, no podrá negar haberlo generado.

  • Unicidad: Garantiza no ser violado, falsificado o repetido.

  • Ventajas

    • Simplifica el proceso de generación de comprobantes para efectos fiscales.
    • A mayor proporción de comprobantes emitidos electrónica mente, mayor ahorro.
    • El almacenamiento de los comprobantes para el emisor es de manera electrónica.
    • El almacenamiento de los comprobantes para el receptor es de manera electrónica o en papel según lo solicite.

    • Beneficios

        Mejora el servicio al cliente. Reduce costos y errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento. Mayor control de documental.


EJEMPLO DE FACTURA






CONTRATOS CELEBRADOS POR INTERNET



El surgimiento de todas estas tecnologías ha sensibilizado al legislador y como consecuencia son todos los dispositivos legales que día con día se configuran.

El tipo de contratos por Internet, al existir entre las partes una distancia física o real mas o menos importante, la tecnología electrónica y/o telemática media como auxilio o asistente material para hacer posible el intercambio de voluntades, para lo cual se interconectan terminales, sistemas, plataformas, redes, satélites, cables, etc., que hacen al espacio físico que los separa imperceptible y el tiempo reducido a segundos o menos; lográndose así una cercanía "artificial"
Otro elemento esencial que se ve innovado es la forma y la formalidad, gracias a la existencia del soporte digital o documento electrónico y así mismo la firma digital.

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR



Protección al consumidor es el conjunto de normas que regulan las relaciones de consumo que nacen en la cadena de comercialización de bienes y servicios entre productores, proveedores y expendedores. Consta de lo siguiente:

  • Manejo de información personal,Habeas data".
  • Telecomunicaciones.
  • Fallas en un producto o de baja calidad.
  • Problemas en la prestación de un servicio.
  • Incumplimiento de garantías.
  • Información engañosa.
  • Incumplimiento de incentivos ofrecidos.
  • Inconvenientes con el precio de un producto o el pago de un servicio.
  • Financiación de compras.
  • Servicios postales.
Convención Internacional de Compraventa de Mercaderías


Se rige por las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre esta materia. Normas que han pasado a formar parte del ordenamiento jurídico español. Tienen un ámbito sustantivo de aplicación.

Estas normas pueden servir como modelo para la modificación del régimen de la compraventa de bienes inmuebles contenidos en nuestros Códigos. Además determinados principios generales pueden tener un valor ejemplar para las normas generales sobre los contratos.
El convenio se aplica solo a aquellas compraventas realizadas entre empresarios que tengan su establecimiento en Estados con vigencia.
Para la delimitación del campo de aplicación de las normas de este convenio no se tiene en cuenta ni la naturaleza civil o mercantil de la compraventa ni la nacionalidad de los empresarios, sino el lugar. Su regulación no se aplica a las ventas a los consumidores, las judiciales y las relativas a valores, buques y electricidad.
Centra su atención en la formación del contrato y en los derechos y obligaciones de las partes, pero en general está formado
Contenido Basico de Los Incoterms en el Contrato de Compraventa Internacional
Los Incoterms no son el contrato en si, pero tocan aspectos del mismo que lo ayudan a su mejor interpretación superando dudas o malas interpretaciones en que las partes puedan incurrir. Básicamente en los Incoterms precisan los aspectos relativos a los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor relativos a:
  • Suministro de la mercadería y pago del precio. 
  • Obtención de las licencias, autorizaciones y formalidades aduaneras relativas a la exportación y a la importación de las mercancías. 
  • Contratación del transporte y el seguro. 
  • Determinación del tiempo, forma y lugar de entrega y de recepción de las mercaderías. 
  • Determinación del tiempo, forma y lugar de transmisión de riesgos del vendedor al comprador. 
  • Régimen de reparto de gastos. 
  • Régimen de comunicaciones que deben cursarse las partes durante la ejecución del contrato. 
  • Prueba de la entrega de las mercaderías y de la obtención del documento de transporte. 
  • Régimen de comprobación (de calidad, medida, peso y recuento), embalaje, marcado e inspección previa al embarque de las mercaderías. 
  • Otras obligaciones inherentes a cada término comercial. 

EJEMPLO: al comparar la legislación chilena y colombiana: 



“Artículo 1796 C.C Chileno: 



Por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar algunos antecedentes y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente” Nuestra legislación civil en su artículo 1849 expresa: 

“La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se dice vender y esta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa se llama precio”. Y nuestro legislador comercial también dispone que, 

“Artículo 905  

La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a transmitir la propiedad 
de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida 
se llama precio”. 
Otra de las razones que se aducen para  la no conceptualización del “contrato de compraventa” en la Convención de Viena, consiste en el respeto que tiene hacia las definiciones nacionales para no socavar ni entrar en choques jurídicos con la legislación interna.  Sin embargo, por vía doctrinal se han estructurado diferentes definiciones, de las cuales rescatamos una de las más relevantes:
..Del contenido de la reglamentación convencional en especial los arts. 30 (obligaciones del vendedor) y 53 (obligaciones del comprador), se infiere sin duda, que por compraventa se entiende el contrato sinalagmático en virtud del cual una parte entrega a otra la propiedad de una mercancía a cambio del pago de un precio o, si se prefiere una definición más precisa, aquel contrato que tiene por causa el intercambio de medios de pago usuales generalmente aceptado y la transmisión y apropiación de bienes.
Por otra parte, la Convención contiene una serie de características especiales que la diferencian de la compraventa que comúnmente conocemos, por cuanto las partes deben tener sus establecimientos en Estados diferentes para que el contrato se rija por las normas de la Convención, adquiriendo así el carácter de internacionalidad, sin embargo, en el articulado no se encuentra una definición de “establecimiento”, razón por la cual podemos entender como tal: 
 “no sólo el lugar principal de negocios, sino también todas aquellas formas organizativas, incluyendo las sucursales, filiales y oficinas representativas, que suponen una permanencia estable en el país de que se trate”.
La otra característica diferenciadora de este contrato se relaciona con su objeto, en la medida que sólo recae sobre mercaderías, entendidas como bienes corporales muebles, excluyendo-se, los incorporales e inmuebles. 
Con las premisas anteriormente establecidas podemos definir la Compraventa Internacional de Mercaderías así:  Es el contrato celebrado entre dos partes, conocidas como vendedor y comprador con establecimientos ubicados en  diferentes Estados, por virtud del cual, la primera se obliga a entregar unas mercaderías transmitiendo su dominio, y la segunda se obliga a pagar el precio. 
REDES SOCIALES





son estructuras sociales compuestas de grupos de personas, las cuales están conectadas por uno o varios tipos de relaciones, tales como amistad, parentesco, intereses comunes o que comparten conocimientos, e ideas de libre expresión. Puede haber muchos tipos de lazos entre los nodos. La investigación multi-disciplinar ha mostrado que las redes sociales operan en muchos niveles, desde las relaciones de parentesco hasta las relaciones de organizaciones a nivel estatal (se habla en este caso de Redes políticas), desempeñando un papel crítico en la determinación de la agenda política y el grado en el cual los individuos o las organizaciones alcanzan sus objetivos o reciben influencias.



El análisis de redes sociales estudia esta estructura social aplicando la Teoría de Grafos e identificando las entidades como "nodos" o "vértices" y las relaciones como "enlaces" o "aristas". La estructura del grafo resultante es a menudo muy compleja. Como se ha dicho, En su forma más simple, una red social es un mapa de todos los lazos relevantes entre todos los nodos estudiados. Se habla en este caso de redes "socio céntricas" o "completas". Otra opción es identificar la red que envuelve a una persona (en los diferentes contextos sociales en los que interactúa); en este caso se habla de "red personal".



La red social también puede ser utilizada para medir el capital social (es decir, el valor que un individuo obtiene de los recursos accesibles a través de su red social). Estos conceptos se muestran, a menudo, en un diagrama donde los nodos son puntos y los lazos, líneas.

Red social también se suele referir a las plataformas en Internet. Las redes sociales de Internet cuyo propósito es facilitar la comunicación y otros temas sociales en el sitio web.


MARKETING VIRTUAL

Es una forma de marketing en Internet que busca promover los sitios web mediante el aumento de su visibilidad en el motor de búsqueda de páginas de resultados (SERPS). Según el Search Engine Marketing Professional Organization, son métodos SEM: la optimización del buscador web (o SEO [1]), el pago por la colocación en buscadores PPC, la publicidad contextual, siempre que haya un pago de por medio. Otras fuentes, incluido el New York Times, definen SEM como 'la práctica de pagar por anuncios en los resultados de las búsquedas en buscadores'.

El marketing virtual o digital es el enfoque de las estrategias de mercadeo real al mundo del Internet y a todas sus aplicaciones, como son redes sociales, páginas Web o mensajería electrónica.

Marketing virtual o digital es el nombre que reciben las acciones de Marketing y Marketing Directo aplicadas a Internet. Internet (la world wide web o, simplemente 'la Red') es el más nuevo y poderoso medio de comunicación y ventas. No conoce fronteras y su mercado potencial es todo ser humano o empresa que tenga un ordenador, un módem y una línea telefónica. Las técnicas y experiencias propias del Marketing Directo (mailings, telemarketing, televenta, venta por correo, etc.), son aplicables a Internet teniendo en cuenta las variaciones estratégicas propias de la Red.
El marketing virtual o digital es la forma de hacer publicidad en Internet, de una forma gigantesca en el espacio virtual, utilizando como medio la red. El marketing virtual o digital se desarrolla haciendo la combinación de todas las herramientas que hay gratis y/o pagando en Internet para dar a conocer un producto y/o servicio, da como resultado una publicidad de inmensas dimensiones, abarcando todos los medios que existen en la red.



Una forma mejor de saber que es el marketing virtual atravéz de este vídeo. 













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